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Oficial De Cumplimiento Perú / Compliance Officer Perú

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Jornada Completa
1 vacante
Chile
Hace 17 horas

Descripción

PROPÓSITO DEL CARGO: Profesional responsable de asegurar el cumplimiento integral de la normativa nacional e internacional en materia de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo, mediante la implementación, supervisión y mejora continua del Sistema de Administración de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y de la Proliferación de Armas. El Oficial de Cumplimiento debe garantizar que las políticas, procedimientos y controles internos se apliquen de manera efectiva en todas las áreas de la entidad, promoviendo una cultura de cumplimiento y ética corporativa. Además, debe actuar como enlace estratégico con organismos reguladores, liderar la gestión de riesgos, coordinar auditorías, capacitar al personal, identificar operaciones inusuales y generar reportes oportunos, contribuyendo a la sostenibilidad, reputación y transparencia de la organización. RESPONSABILIDADES CLAVE Y RESULTADOS ESPERADOS: • Diseñar y proponer estrategias de prevención y gestión de riesgos de LA/FT, alineadas a la normativa vigente y al apetito de riesgo de la organización, asegurando la identificación oportuna de riesgos y la reducción de brechas regulatorias. • Supervisar la correcta implementación y funcionamiento del sistema de prevención de LA/FT en toda la organización, garantizando controles efectivos, cumplimiento transversal de políticas y resultados satisfactorios en auditorías. • Evaluar operaciones inusuales y determinar su calificación como sospechosas, gestionando y reportando ROS ante la UIF-Perú cuando corresponda, asegurando análisis documentados, cumplimiento de plazos y mitigación de riesgos legales y reputacionales. • Actuar como interlocutor ante la UIF-Perú, SBS y otros organismos reguladores, atendiendo requerimientos y procesos de fiscalización de manera oportuna, resguardando una relación efectiva con la autoridad y evitando sanciones por incumplimiento. • Elaborar y presentar informes periódicos sobre el estado del sistema de prevención de LA/FT, riesgos identificados y acciones de mitigación, facilitando la toma de decisiones informada por parte del Directorio y la Gerencia. • Asegurar la implementación, actualización y cumplimiento de políticas y procedimientos de prevención de LA/FT, promoviendo su correcta aplicación y manteniendo evidencia documental trazable. • Gestionar el monitoreo de alertas y asegurar el correcto funcionamiento de los sistemas de detección de operaciones inusuales, permitiendo una gestión oportuna de alertas y continuidad operativa del sistema. • Promover la cultura de cumplimiento mediante capacitación y asesoría a las distintas áreas de la organización, fortaleciendo el conocimiento interno y reduciendo riesgos de incumplimiento.

Requerimientos

Formación Académica: • Titulado en Derecho, Economía, Administración, Ingeniería Industrial ó carreras afines. • Contar con estudios complementarios o Certificación en prevención LA/FT (Certificación AMLCA FIBA). Experiencia: • Contar con 5 años de experiencia profesional en rubro financiero, fintech. • Tener experiencia en temas de AML, Cumplimiento, mínimo de 3 años. Conocimiento técnico: • Conocimiento completo de la normativa SBS vinculada al sector financiero y cursos de LA/FT de la UIF • Manejo de herramientas de seguimiento y/o control. • Office a nivel avanzado. Otros requisitos: Declaración juramentada de no tener inhabilidades para el cargo, según Reglamento de la Ley 27.693: a. Tener experiencia en: • las actividades propias del sujeto obligado, o • experiencia en materia de lucha contra el LA/FT o • como oficial de cumplimiento o • como trabajador en el área a cargo de un oficial de cumplimiento. b. No haber sido condenado por la comisión de delito doloso. c. No haber sido destituido de cargo público o haber sido cesado en él por falta grave. d. No tener • deudas vencidas por más de ciento veinte (120) días en el sistema financiero o • en cobranza judicial, • ni protestos de documentos en los últimos cinco (5) años, no aclarados a satisfacción de la SBS. e. No haber sido declarado en quiebra. f. No ser ni haber sido el auditor interno del sujeto obligado, de ser el caso, durante los seis (6) meses anteriores a su designación. g. No estar incurso en algún otro impedimento señalados en el artículo 365 de la Ley Nº 26702, exceptuando el inciso 2 del mencionado artículo: • Tener participación directa o indirecta en el capital o en el patrimonio de cualquier empresa sujeta a la supervisión de la Superintendencia. • Haber sido declarado en quiebra, aunque el respectivo proceso hubiese sido sobreseído. • Haber sido condenado por la comisión de delitos dolosos, aun cuando hubiere sido rehabilitado. • Haber sido inhabilitado por la Superintendencia para ser organizador, accionista, director, o gerente de las empresas sujetas a su control. • Haber sido sancionado por la Superintendencia por actos de mala gestión en la dirección o administración de las empresas sujetas a su control. • Haber sido destituido de cargo público o haber sido cesado en él por falta grave.
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